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CAPRES violó dos leyes y un reglamento al elegir a comisionados del IAIP


Redacción YSUCA / 17 febrero 2020 / 3:50 pm

Mesa de Protección a Periodistas | Foto APES

La Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la República,  como entidad convocante  para elegir comisionados al Instituto de Acceso a la Información Pública ( IAIP ) por el sector de periodistas, violó el artículo 54 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), al permitir candidatos que no cumplían los requisitos de tener título universitario y ser mayor de 35 años de edad.


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Además no tomó en cuenta el artículo 70, literal ‘e’ del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública, que menciona que “cada entidad proponente presente y acreditada tendrá derecho a un voto para miembro titular y uno para suplente”. Es decir, se necesitan al menos tres entidades proponentes para poder elegir ternas.

Herbert Serafín, de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) y miembro de la Mesa de Protección a Periodistas, dijo que “no solo hay una vulneración a la Ley de Acceso a la Información Pública, también existe una vulneración a la Ley de Procedimientos Administrativos, que establece que los cambios de criterio deben estar debidamente fundamentados. Simplemente mencionar que existe una vulneración a la institucionalidad del Estado no es suficiente argumento para cambiar un criterio”.

El representante de FESPAD se refiere al articulo 23, literal ‘a’ de la Ley de Procedimientos Administrativos que hace referencia a que los actos administrativos sean motivados por obligación.

Según Herbert Serafín de FESPAD, Casa Presidencial sin realizar ningún cambio en el reglamento procedió a la elección con solo dos asociaciones. De ahí que considera que la elección fue ilegal. “El reglamento de la Ley establece claramente que deben comparecer tres asociaciones proponentes para que de esta misma terna puedan elegirse los comisionados”, agregó el integrante de la Mesa.

Otra irregularidad denunciada por la Mesa de Protección a Periodistas es que Secretaría de Comunicaciones habilitó el 31 de enero de 2020 el período para impugnación de candidaturas, los cuales deben contarse a partir del día siguiente hábil. En este caso el último día para impugnar era el 7 de febrero, el mismo día en que se realizó asamblea para elegir ternas.  No se consideró el artículo 66-A del reglamento de la LAIP que establece que ante una solicitud de impugnación “la entidad convocante diligenciará la solicitud, dando a conocer al candidato impugnado y a la institución postulante, la solicitud de impugnación y les concederá un plazo de tres días hábiles para presentar alegatos y la prueba que considere útil y pertinente”.

Para la Mesa de Protección a Periodistas la renuncia de Juan Carlos Turcios, exdirector de Comunicaciones del Ministerio de Gobernación, era previsible luego de la serie de denuncias por el proceso ilegal que llevó Casa Presidencial.

Serafín Valencia representante de la UCA en la Mesa espera que la Secretaría de Comunicaciones realice una nueva convocatoria apegada a la ley. “ Instamos  a la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia a que inicie un proceso que sea en principio apegado a la ley, apegado al derecho, reuniendo todos los requisitos que establece la ley, pero además dando las garantías de participación a las entidades proponentes, para que puedan desarrollar sus procesos internos”, Reiteró.

Beatriz Campos representante de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos dijo que ante lo ocurrido en el IAIP  y ante una nueva convocatoria estarán más pendientes de que los procesos se cumplan. Esperan que Casa Presidencial permita la observación de la sociedad civil.