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Nacionales

Se están cometiendo desapariciones forzadas en el marco del régimen de excepción, según experta


Redacción YSUCA / 15 mayo 2022 / 5:30 pm

Familias buscando a sus familiares capturados en El Penalito | Foto Radio YSUCA

Leonor Arteaga, directora de programa de la Fundación para el Debido Proceso, DPLF y comisionada de Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Adultas Desaparecidas en el Contexto del Conflicto Armado de El Salvador, CONABÚSQUEDA, argumentó que, según el derecho internacional, se están registrando desapariciones forzadas en el marco del régimen de excepción.

A través de su cuenta de twitter, Arteaga dijo que se han reportado casos de detenciones arbitrarias por el Estado, sobre las cuales luego no se da información.

“Nadie puede ser detenido en ´secreto´, las privaciones de libertad siempre deben constar en un registro y existir comunicación con la familia. Art. 11 y Art. 17, respectivamente, de la Convención Interamericana y la Convención Internacional contra Desapariciones Forzadas”, escribió Arteaga.

Y agregó que “estas detenciones secretas tienen que investigarse, al menos temporalmente, como desapariciones forzadas, tomando en cuenta el contexto caracterizado por capturas masivas, casi sin garantías de debido proceso y escaso control judicial. Aun si esa falta de información se debiera al caos en las estaciones policiales que han provocado las numerosas detenciones, el Estado tiene el deber de organizarse y proveer recursos para prevenir las desapariciones”.

Arteaga, además señaló que, aunque El Salvador no es parte de las Convenciones sobre Desapariciones Forzadas, se encuentra obligado por la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que en su artículo 1 establece que “Todo acto de desaparición forzada sustrae a la víctima de la protección de la ley y le causa graves sufrimientos, lo mismo que a su familia. Constituye una violación de las normas del derecho internacional que garantizan a todo ser humano, entre otras cosas, el derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, el derecho a la libertad y a la seguridad de su persona y el derecho a no ser sometido a torturas ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Viola, además, el derecho a la vida, o lo pone gravemente en peligro”.